VELVEETA TE DERRITE POR HOLANDA©

 

Este concurso es válido en Puerto Rico y deberá ser llevado a cabo y evaluado de acuerdo a las leyes de Puerto Rico. Nada que comprar para participar.

1. El concurso consta de determinar de cuánto quesos está hecho el molino Velveeta que podrá ver en el programa Qué Suerte de Univisión los dias 3,10,17 y 24 de octubre de 2004. Para participar envíe una envoltura de “slices” de quesos Velveeta de Kraft Foods o facsímil razonable con su nombre, dirección, teléfono y la cantidad de quesos que usted cree está hecho el molino, a la siguiente dirección: Velveeta te derrite por Holanda: PO Box 2628, San Juan, PR 00955. Además puede completar la forma oficial de participación del Concurso disponible en las oficinas de la agencia de publicidad FCB Puerto Rico, Ave. Roosevelt 1510, Esq. San Patricio, Edif. Triples Plaza, Piso 13, Guaynabo. La cantidad oficial de quesos será previamente certificado por un notario público.

2. El concurso comienza el 27 de septiembre y termina el 29 de octubre de 2004 a las 11:59 PM. No es necesario comprar ni contraprestación alguna para participar. Kraft Foods, Puerto Rico (“Auspiciador”) no es responsable por participaciones extraviadas, tardías, incompletas, dañadas, confusas, ilegibles o con direcciones erróneas, o por cualquier otro fallo, error, o problema de cualquier clase, sea mecánico, humano o electrónico. Las participaciones serán nulas si son defectuosas, alteradas, falsificadas, u obtenidas por medios fuera de los canales autorizados. Las participaciones se convierten en propiedad del Auspiciador y no serán devueltas. No se aceptarán facsímiles que sean reproducciones de tipo mecánico, como fotocopias, mimeógrafos o reproducciones computadorizadas.

3. El escogido de los ganadores se llevará a cabo en las oficinas de FCB, Puerto Rico el 4 de noviembre en presencia de un notario público. El ganador del primer premio será la persona que entre todos los participantes determine o se acerque más a la cantidad oficial de quesos. De no haber ninguna persona que determine la cifra exacta, el primer premio será para la persona con la cifra más cercana, menor a la cantidad oficial (que no se haya excedido de esta). El segundo premio será para el participante que tenga la segunda cifra más cercana a la oficial, siempre y cuando no se exceda de esta. De existir más de una persona con la cifra exacta o la cantidad más cercana a la previamente certificada, se llevará a cabo un sorteo al azar entre estas participaciones empatadas.
En caso en que el ganador original no cumpla con los requisitos de participación, se escogerá un ganador alterno inmediatamente ante el notario público.En este caso el ganador alterno será el próximo participante que se acercó más a la cantidad oficial de quesos. La otorgación de los premios será llevada a cabo por la agencia de publicidad FCB Puerto Rico. Límite de un premio por hogar. El Auspiciador notificará a los ganadores por correo certificado con acuse de recibo a la dirección indicada en el sobre de participación. Los ganadores deberán llamar y hacer cita para recoger sus premios a las oficinas de FCB ubicadas en la Avenida F.D Roosevelt 1510 esquina San Patricio, Piso 13, San Juan, PR 00922. En dicha cita los ganadores deberán presentar identificación con foto válida. Los premios deben ser reclamados en un término no mayor de 60 dias, desde la fecha en que recibe su notificación por escrito mediante correo certificado. No reclamar el premio en el término indicado habrá de interpretarse como la falta de interés en obtener el mismo, en cuyo caso habrá de escogerse un ganador alterno entre los que se acercaron a la cifra correspondiente a los quesos en el molino, sin haber excedido la misma. Ganadores menores de 21 años deberán presentarse con su(s) padre(s) con patria potestad o de su tutor o representante legal, quienes a su vez deberán presentar la evidencia correspondiente a satisfacción del Auspiciador.

4. Como primer y gran premio (1) un viaje para dos personas de 8 dias y 7 noches a Amsterdan, Holanda Este premio incluye pasajes ida y vuelta clase económica, para dos personas, estadía de 8 dias y 7 noches en habitación doble. Traslados aeropuerto-hotel, hotel-aeropuerto. Dicho viaje tiene validez de un (1) año a partir de la fecha de expedición y será coordinado a través de la Agencia de Viajes Travel Dreams. El premio no es reembolsable, redimible en efectivo, ni transferible. El mismo está sujeto a disponibilidad de espacio al momento de hacer la reservación., la cual debe coordinarse con por lo menos 4 semanas de anticipación de la fecha de partida. Si se desea extender el periodo del viaje o incluir personas adicionales, dichos costos serán total responsabilidad del ganador. El ganador que desee alojarse en habitaciones individuales sera responsable por el costo adicional que esto implique. Si el ganador es menor de 21 años deberá ir acompañado por un adulto mayor de 25 años. El ganador dispondrá de un número telefónico para realizar cualquier tipo de consulta respecto a la promoción del concurso. Será responsabilidad del ganador tener pasaporte vigente al momento del viaje . El premio no incluye visados, impuestos, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, propinas, certificados de vacunación. Kraft Foods Puerto Rico y Travel Dreams no se responsabilizarán por costos incurridos en la tramitación de pasaportes ni documentos oficiales. Kraft Foods P.R., Travel Dreams, sus sucursales, oficiales, empleados, y agencias de publicidad no serán responsables de situación alguna surgida antes, durante y posterior al viaje, así como por daños directos o indirectos causados al ganador o su acompañante. La participación en este concurso implica total y automática aceptación de las presentes bases para el sorteo.

Además, se escogerá un segundo ganador para un premio de $3,000 en efectivo. Dicho premio no es transferible.


5. Cualquier impuesto o arbitrio que agrave los premios a la fecha de su entrega al
ganador, será responsabilidad única y exclusiva de Kraft Foods, Puerto Rico. Cualquier otro impuesto, incluyendo contribución sobre ingreso o arbitrio que fijase el Estado Libre Asociado u otras entidades gubernamentales una vez recibido el premio serán responsabilidad exclusiva del ganador. Kraft Foods, Puerto Rico no se hace responsable por la entrega a domicilio o por los costos que conlleve la transportación de los premios a su destino final.

6. Kraft Foods, Puerto Rico también se reserva el derecho de determinar la validez de las participaciones sometidas y de rechazarlas si no cumplen con los requisitos del concurso o las reglas si se ha utilizado un método no razonable para participar en cuyo caso se eligirá otro ganador alterno.


7. Copias del reglamento de este concurso, y/o cupones de participación están disponibles en las oficinas de Foote, Cone & Belding, localizadas en la Avenida Roosevelte 1510, esquina San Patricio, Piso 13, en Guaynabo.


8. El concurso está abierto a los residentes legales de Puerto Rico que hayan cumplido los 18 años de edad. Los ganadores deberán permitir a Kraft Foods, Puerto Rico y/o su agencia de publicidad, tomar fotografías con el intención de utilizar las fotografías con propósitos promocionales y publicitarios. Empleados de Kraft Foods, Puerto Rico, FCB Puerto Rico, afiliados, subsidiarias, agencias de publicidad, promoción y producción, sus familiares, esposos(as) y padres, hijos y hermanos y sus respectivos esposos(as), o aquellos que residan bajo el mismo techo, serán inelegibles. Si una notificación de premio es devuelta al no poder ser entregada, dicha adjudicación será cancelada y se seleccionará un ganador alterno. Kraft Foods Puerto Rico y sus compañías afiliadas no son responsables por errores de impresión, distribución o producción, y podrán prescindir, cancelar o revocar este sorteo a su sola discreción, debido a cualquiera de estos errores, sin que medie responsabilidad por ésto. Participaciones selladas o fotocopiadas no son válidas.

9. PROVISIONES PARA LOS GANADORES: Se requerirá que los ganadores completen y devuelvan un affidavit de elegibilidad y un relevo de responsabilidad y publicidad debidamente juramentado ante Notario Público, dentro de los 30 días subsiguientes al envío de la notificación o la adjudicación del premio será cancelada y se seleccionará un ganador alterno. En el relevo de responsabilidad, el ganador accede a relevar de toda responsabilidad a Kraft Foods, su compañía matriz, subsidiarias y agencias, de cualquier lesión, daño o pérdida que ocurra en conexión con el control, uso o mal uso del premio, o su participación en esta promoción. Aceptación del premio constituye permiso para utilizar el nombre del ganador y su imagen para propósitos publicitarios sin que medie compensación adicional, excepto donde esté prohibido por ley. Como condición para entrar en este sorteo, los participantes están de acuerdo con lo siguiente: (1) bajo ninguna circunstancia se le permitirá a los participantes obtener recompensa, y por este medio renuncian a todos los derechos de reclamo de daños punitivos, fortuitos y consecuentes o cualquier otro tipo de compensación que no sea por desembolsos incidentales, y todos y cualquier otro derecho en el que se multipliquen o aumenten los daños, (2) cualquier y toda disputa, reclamo y causas para acción resultantes o conectadas con este concurso, o cualquiera de sus premios, será resuelta individualmente, sin recurso de cualquier acción de clase, y exclusivamente a través de arbitraje, (3) todos y cualquier reclamo, juicio o adjudicación estará limitada a reembolsos de gastos incidentales incurridos, incluyendo costos asociados con la participación en este concurso, pero bajo ninguna circunstancia incluirá honorarios de abogados, y (4) el participante estará sujeto a estas Reglas Oficiales.

10. Este concurso es auspiciado por Kraft Foods de Puerto Rico, Inc. GPO Box 364068, San Juan PR 00936. Para más detalles lea las reglas en la Revista Vea, Revista Teve Guia (Ediciones semanas 9/27, 10/4,11 y 18) y en www.kraftpr.com.
 

 

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